21/11/14

Juicio por jurados: una lotería a favor de la impunidad

Por Argentina sin Juicios por Jurado

El juicio por jurados puede premiar a la delincuencia con la impunidad

El juicio por jurados vigente en la provincia de Buenos Aires (Argentina), es una suerte de lotería penal con la que cuenta el acusado, ya que puede ser utilizada como estrategia procesal a los fines de sustraerse de la pena.

Todos conocemos el Loto, que es un juego de lotería que ofrece un “premio tradicional”, el “desquite”, el “sale o sale” y “la yapa”. Es posible hacer un entretenido paralelismo con el juicio por jurados, con la diferencia en que al final de la lotería penal, el premio a ganar es la impunidad.

El premio TRADICIONAL a favor de la impunidad está dado por la posibilidad inicial del acusado para elegir entre un tribunal letrado o un jurado.

Un principio básico de justicia es que absolutamente nadie (ni el acusado, ni la víctima) pueda elegir al juzgador, para no otorgar una ventaja procesal en cabeza de ninguna de las partes. Pero este principio se vulnera con la posibilidad que se le brinda al acusado para elegir quién lo va a juzgar (si un tribunal o un jurado). Privilegio que, cabe destacar, se le niega a la fiscalía y a la víctima (o sus familiares).

El resultado es obvio: si el tribunal aplica rigurosamente la ley sin brindar subterfugios indebidos en beneficio del acusado, es obvio que éste se inclinará por el jurado. En cambio, si el tribunal tiene fama de “abolicionista”, la decisión será la contraria: más vale abolicionista conocido que jurado por conocer.

También podrá la Defensa hacer un test de la opinión pública. Si es favorable a su defendido, elegirá el juicio por jurados (que es permeable a los medios de comunicación). Pero si es hostil a su defendido, no se arriesgará con un jurado influenciable: elegirá un juicio con tribunal letrado.

Por último, es bien sabido que el jurado es imprevisible. Entre los sorteados puede haber personas inmorales, apocadas, obtusas, verdaderos delincuentes (no penados ni procesados), etcétera. Por eso, en los casos en que el imputado no tiene ninguna posibilidad con un tribunal letrado, perdido por perdido es posible que le resulte conveniente escoger el jurado.

La primera chance, entonces, la proporciona el tribunal abolicionista o el jurado favorable al imputado. Si el acusado puede contar con alguno de ellos, ganará la impunidad a través del “premio Tradicional”. Caso contrario: ¡a no desanimarse... todavía hay más chances!

El premio DESQUITE a favor de la impunidad está dado por la posibilidad de ir tamizando al jurado de modo que sea lo más favorable a la absolución.

En la designación del jurado interviene una instancia inicial, que consiste en el sorteo dentro del padrón electoral. Luego una instancia de eliminación de determinados jurados. Y finalmente un sorteo final entre los remanentes.

El sorteo inicial, si se realiza como corresponde, no se puede manipular. Pero inmediatamente las partes tienen la posibilidad de recusar 4 jurados con causa y 4 jurados sin causa. En estas recusaciones la Defensa se puede librar de los jurados que le sean más hostiles.

La ley establece que no serán permitidas recusaciones basadas en motivos discriminatorios de ninguna clase (p.ej., raza, orientación sexual, condición social, etc.), pero la verdad es que si no se le exige a las partes que motiven la razón de la recusación, la Defensa podrá suprimir jurados por cualquiera de estas circunstancias. La ley dice prohibir la discriminación, pero en realidad la alienta.

Aquí también entra en juego el poder adquisitivo del imputado, ya que los buffets de abogados más caros son los que podrán contar con personas abocadas a investigar a los jurados, a los fines de escoger a los favorables y desechar los desfavorables, y eventualmente cooptarlos mediante amenazas, chantaje o remuneración.

El acusado, con la selección de un jurado favorable, podrá ganar la impunidad con el “premio Desquite”. Pero si no lo logra: ¡a no desanimarse... todavía hay otras chances!

El premio SALE O SALE (de la cárcel) a favor de la impunidad lo brinda las mayorías requeridas para un veredicto de culpabilidad.

En principio, basta con el voto negativo de 2 jurados, para que el mismo quede estancado y el imputado eluda la condena. Es bastante llamativo que, sin dar cuenta de ninguna razón, sea más importante la opinión de 2/12 del jurado por sobre los 10/12 restantes. El resultado es que la opinión del 85% del jurado carece de toda importancia.

En los delitos con prisión o reclusión perpetua, basta con el voto negativo de un solo jurado para que el imputado eluda la pena. En este caso la 1/12 parte del jurado es más importante que la 11/12 parte del mismo. Lo que se consagra es que la opinión de uno solo de los jurados (que representa menos del 10% de las opiniones) es más importante que la de los once restantes.

El “premio Sale o Sale” es muy promisorio para la Defensa, especialmente en los casos en que se encuentra en juego la pena más elevada del código penal. Es que aún con toda la prueba en contra del imputado, no es una empresa imposible lograr captar la voluntad de sólo un miembro del jurado.

Si a la Defensa le es posible seducir a 2 de los 12 jurados o a 1 de los 12 jurados (en casos de pena perpetua), ganará la impunidad con el “Sale o Sale” (de la cárcel). Si no lo logra: ¡a no desanimarse... todavía hay una chance más!

El premio LA YAPA es uno de los más atractivos, y tiene lugar porque el juez, a la vista de una condenación que se riñe con la prueba producida por la fiscalía (incluso aunque el acusado realmente sea culpable), tiene la obligación de anular el juicio.

En un juicio pueden fallar muchas cosas. Puede fallar la investigación, el interrogatorio de los testigos, la labor de la fiscalía y puede fallar el veredicto del jurado. Los jueces, en la actualidad, pueden suplir algunas de esas fallas, pero con el juicio por jurados ya no podrán sanear nada: deberán echar todo el juicio por la borda declarando la nulidad del mismo.

La escena es tremenda: el jurado dicta un veredicto condenatorio, la víctima (o sus familiares) festejan y se publica el veredicto condenatorio en los medios de comunicación, pero el juez, ante la vista de que la condena se riñe con la prueba producida, se ve en la obligación de anular todo.

Obviamente, semejante temperamento no hará otra cosa que desprestigiar aún más a la justicia penal bonaerense, pero los jueces no pueden evitar de ningún modo la anulación del veredicto del jurado. Si no lo anulan, incurren en el delito de prevaricato.

Se pone en manos de un jurado que no cuenta con preparación ni experiencia en la sofisticada tarea de juzgar, y el costo de su impericia lo debe asumir la sociedad, por la necesidad de encomendar al juez la vigilancia y corrección de los yerros cometidos. ¿No es más lógico poner directamente en manos de los jueces la tarea de juzgar?

Con todo, lo relevante del caso es que con el “premio La Yapa”, el imputado tiene la opción de eludir el veredicto condenatorio del jurado y, de tal modo, recuperar la libertad, aunque sea culpable de su delito.

Y lo mejor de todo para el acusado —que sería una suerte de JACKPOT— es que los veredictos absolutorios del jurado (y sólo los absolutorios) no son recurribles. Nadie los puede revisar. Nadie los puede corregir. Aunque la absolución sea absurda, ya nada se puede hacer. La víctima no tiene a nadie a quién acudir.

Es llamativo ver cómo el juicio por jurados ha sido vendido a los medios de comunicación y a la gente como un sistema ideado para evitar que los criminales entren por una puerta y salgan por la otra. ¡Nada más lejos de la realidad! El juicio por jurados sólo favorece a que los delincuentes “entren por una puerta y salgan por la otra, por la ventana, por la medianera y por los tejados”.

Esta apreciación es avalada por la estadística preliminar existente al día de la fecha, que indica que en la provincia de Buenos Aires la mayoría de los veredictos de los jurados populares han sido absolutorios.

El juicio por jurados, en realidad, aparece como un novedoso artilugio de la postura ideológica del abolicionismo penal para reducir al mínimo el sistema punitivo. Es una promisoria lotería a favor de la criminalidad y el premio a ganar es siempre el mismo: la impunidad.

Por todo lo expresado, dejo a consideración de los poderes del Estado provincial un humilde proyecto de reforma legislativa que plantea la supresión de los privilegios indebidos en cabeza de los justiciables y propugna la reivindicación de los derechos de las víctimas, el cual expongo en el siguiente enlace: Una propuesta para la urgente reforma de la ley de juicio por jurados.