22/2/13

Diez (10) razones contra los juicios por jurado

Por Argentina sin Juicios por Jurado

10 razones en contra de los juicios por jurados

El cuestionamiento que hacemos al juicio por jurados inexperto (lego) y la defensa al juicio por jurados por jueces técnicos (letrados) no es una mera posición ideológica irracional defendida desde el sentimentalismo y la emotividad, sino que se trata de una convicción formada y sostenida sobre la base de razonamientos lógicos.

Al tomar posición hacemos como los jueces (que fundamentan y explican sus razones) y no como los jurados, a quienes le obligan a inclinarse hacia uno u otro lado porque sí, en un acto de fe irracional.

Las razones en contra de los juicios por jurado son innumerables, pero trataremos de exponer las diez (10) más importantes:

1°) El juicio por jurados es antidemocrático, ya que el jurado no es el pueblo ni ha sido elegido por el pueblo: es la tiranía del azar. Así como es antidemocrático designar presidente, senadores, diputados, intendentes por sorteo (porque el sorteo no es elección y el sorteado puede ser un filonazi, un inmoral, etc.), tampoco es válido designar a los jueces de ese modo. Si lo importante es hacer justicia, no debería dejarse la resolución del caso en manos del azar, que no garantiza nada.

2°) El juicio por jurados es antirrepublicano porque el jurado no explica por qué condena o absuelve, lo cual quiebra el sistema republicano de gobierno que exige un fallo fundado y motivado.  El ciudadano acusado tiene derecho a que le digan por qué lo declaran culpable, y la pretendida víctima tiene el derecho de saber por qué se absolvió al acusado.

3°) El juicio por jurados es arbitrario porque impide la revisión del fallo dictado conforme lo requieren los pactos internacionales de DD.HH. Un veredicto que no indica por qué absuelve o condena, no se puede revisar. Un veredicto que no se puede revisar es dictatorial.

4°) El juicio por jurados es oscurantista porque obliga a las personas a realizar una labor técnica para la cual no se encuentran preparadas, ni tienen experiencia. Así como la ley deposita las tareas técnicas en manos de especialistas (p.ej., médicos) y reprime con pena de prisión a quienes ejercen labores técnicas sin títulos habilitantes (p.ej., se reprime el curanderismo), igualmente debería sustraer el juzgamiento de la personas de las manos de personas que carecen de toda preparación para ello. Quienes consideran una insensatez poner una operación coronaria en manos de un juez, deberían tener algún reparo en poner el juzgamiento de una persona en manos de un médico. El juicio por jurado, a fin de cuentas, es ―en palabras de Julio César Strassera― una suerte de "curanderismo jurídico".

5°) El juicio por jurados es dictatorial, ya que la ley no nos puede obligar a hacer lo que no sabemos, haciéndonos sacrificar a través de nuestra falta de experiencia la vida y libertad de una persona. La excusa más común que esgrime la gente para no ser jurado (en países donde se ha instaurado) es que no se consideran en condiciones para juzgar. Nada más cierto, pero nadie los escucha. Estas personas, en su absoluta sensatez, advierten lo mismo que cualquiera de nosotros si nos pusieran un bisturí en la mano para que operemos un enfermo de apendicitis.

6°) El juicio por jurado es irracional, ya que no siempre logran fallar de modo lógico, colándose en la labor de juzgar el sentimentalismo y la emotividad. El entrenaniento más imporante que recibe el juez, es el de analizar la prueba existente y sólo la prueba. El juez no juzga por la belleza, el sexo, la raza, la calidad de persona de la víctima o del victimario, por la vida que hayan tenido cada uno de ellos, ni para dar ejemplos o lecciones a otros delincuentes o a la sociedad, ni para contentar a la gente, etc., sino que  el juez juzga en base a lo que ha ocurrido y al deber de actuar que le cabía a cada quien. Un jurado no ha sido entrenado para hacer estos distingos y, lamentablemente, a veces cede ante argumentos falaces que son irrelevantes para la labor de juzgar.

7°) El juicio por jurados es bárbaro, ya que, como cuerpo colegiado no es confiable, y no deciden los más pensantes sino los más exaltados. Todos los estudios sociológicos que se han realizado en el seno de grupos que deben tomar decisiones (como el jurado), indican que quien decide es aquella persona que con o sin razón, exhibe la personalidad más poderosa e intimidante para los demás.

8°) El juicio por jurados es imprevisible porque se pone el juzgamiento de una persona, y por ende su libertad, en manos de doce personas a las cuales no se las analiza mental ni moralmente. Un Estado republicano no puede someter la libertad de una persona a la decisión de personas cuya aptitud mental desconoce. Hay gente que absuelve siempre porque entiende que el Estado es un monstruo en manos de capitalistas que somete y subyuga a las personas. Hay gente que condena porque es sádica, por cuestiones raciales, por vivencias personales. Hay gente que incapaz de pensamientos complejos y condena o absuelve en base a corazonadas, emotividad o pura arbitrariedad. Hay abusadores (no condenado) que deberán juzgar a abusadores, ladrones (no condenados) que deberán juzgar a ladrones, etcétera. Todos ellos están incluidos dentro del padrón electoral (al menos hasta el día que tengan antecedentes penales). Todos ellos pueden ser jurados.

9°) El juicio por jurados, como sistema de juzgamiento, es mediocre, ya que no es posible saber si el jurado entendió algo de lo dicho en la sala de audiencias. Hay personas con dificultades de comprensión o con una capacidad de concentración demasiado débil para entender la prueba. No sólo puede faltar el entendimiento, sino que lo natural es que al jurado se le pasen por alto cosas de mucha relevancia. La especialización y la práctica permite distinguir lo relevante de lo irrelevante. El jurado es siempre un "juez amateur".

10°) El jurado suele ser influenciable por el enorme influjo de los medios de comunicación, los cuales pueden acabar determinando la suerte del encausado. Un juez sabe que en su sentencia no tiene lugar nada que salga en los diarios, en las radios o en la televisión. Todo eso es absolutamente irrelevante. Lo único que puede servir para juzgar es lo que pasa en el juicio. Un jurado no siempre lo sabe no lo introyecta, acaba muchas veces influido por lo que dice la prensa. Además, mientras que el juez tiene más preparación técnica y práctica que los periodistas (y entonces confía en su criterio para juzgar), los jurados no tienen ningún conocimiento superior. Los jurados necesitan del sostén de la prensa a la hora de decidir sobre la vida y libertad del reo, mientras que el juez no lo necesita, porque se apoya en el cúmulo de su saber.

Diez razones son más que suficientes para demostrar que el juicio por jurado es un sistema de juzgamiento antidemocrático, antirrepublicano, arbitrario, oscurantista, dictatorial, irracional, imprevisible, mediocre e influenciable. Pero si no fueran suficientes, se me ocurren otras diez (10) razones contra los juicios por jurados.

Otras diez (10) razones contra los juicios por jurado

Por Argentina sin Juicios por Jurado

Otras 10 razones en contra de los juicios por jurados

El juicio por jurado es un sistema de juzgamiento tan absurdo, inconveniente e irracional que diez razones en contra se hacen como poco. Son tantas las razones que lo desaconsejan que, además de las diez (10) razones contra los juicios por jurados ya expuestas, nos vemos obligados a aportar otras diez más.
Las nuevas diez razones en contra de los juicios por jurado podrían ser las siguientes:

1°) El juicio por jurados es primitivo. Es por lejos el más primitivo de Occidente, ya que da la espalda a más de un siglo de avanzada ciencia penal. La ciencia penal ha logrado avances inmensos en el siglo XX. Así como otras ciencias tales como la medicina, la física, la química, la ingeniería, la computación han pegado un salto cualitativo, lo mismo ocurrió con la ciencia penal. Gracias a ella, cada día se logra un juzgamiento más justo. Darle la espalda a la ciencia, es darle la espalda a la civilización.

2°) El juicio por jurados es amateur. La tarea de juzgar sólo puede ser realizada satisfactoriamente por jueces letrados técnicos, ya que es una operación complicada que no está al alcance de todo el mundo. Visto desde afuera, puede parecer que la labor de juzgar es sencilla. Es el resultado de la falta de experiencia. Si la gente pudiera estudiar, para comprender lo complejo que es la tarea de juzgar, y tuviera una experiencia al lado de un juez para entender la cantidad de cuestiones que se dirimen a la hora de juzgar, seguramente vería las cosas con otros ojos.

3°) El juicio por jurados es antipopular, arrojando todas las encuestas de opinión una voluntad mayoritaria en contra de su implementación. La avidez por el juicio por jurados no es de la población, sino de algunos abogados procesalistas extremados y de los periodistas que han sido desinformados. La gente pide justicia, celeridad, transparencia. Lo que quiere es que los jueces hagan su trabajo, y no tener que hacer el trabajo de los jueces.

4°) El juicio por jurados es costoso, o más bien, un verdadero despilfarro económico, ya que hay que gastar por cada debate una suma similar a la que cobra un juez por la labor que presta durante todo un mes. Si se aplicaran los juicios por jurado a todos los delitos, habría que multiplicar unas diez veces el presupuesto existente para la justicia penal. No sólo se obliga a la gente a juzgar, sino que se le cobra más impuestos para sostener un sistema que perjudica a la población.

5°) El juicio por jurados es un sistema fracasado en el mundo, ya que tiene capacidad para juzgar y resolver no más de un 2% de las causas penales. Un sistema extremadamente costoso que apenas sirve para un 2% de las causas, es el fracaso más rotundo que se puede imaginar. Sin contar con que los países que han implementado los juicios por jurados están desesperados por quitárselos de encima.

6°) El juicio por jurados es problemático, ya que perjudica a la gente. Dificulta su vida diaria; entorpece su trabajo; aleja a los seres queridos y causa gastos económicos. Es por eso que en todos los países en los que se implementan los juicios por jurado, es altísima la cantidad de los ciudadanos que procuran sustraerse de la obligación.

7°) El juicio por jurados es demagógico, sirviendo como un perverso instrumento de sujeción popular, ya que desplaza la responsabilidad de hacer justicia a doce personas designadas al azar, y de tal manera, bajo el falaz argumento de que "la justicia está en manos del pueblo", el Estado se desentiende del problema y no busca solución a los verdaderos problemas de la justicia penal.

8°) El juicio por jurados es burocrático, produciendo un entorpecimiento de la administración de justicia, ya que los funcionarios y empleados judiciales, en vez de abocarse a la tramitación y resolución de causas, deben hacerse cargo de la coordinación de los lentos, complicados y farragosos juicios en los que intervienen los jurados.

9°) El juicio por jurados es lento. Muy lento. Es unas cinco veces más lento, ya que la convocatoria, selección y logística del juicio es extremadamente engorrosa. Juicios más lentos es igual a más delincuentes en la calle y más inocentes en las cárceles.

10°) El juicio por jurados es antiliberal. Su implementación propicia la violación de DD.HH., constituyendo una excelente motivación para que la tortura y las vejaciones vuelvan a ser una práctica habitual en las fuerzas de seguridad.

En verdad podríamos aportar otras diez razones más contra los juicios por jurado, pero tampoco creemos necesario aburrir a los lectores.

Las diez primeras razones impiden a cualquier persona sensata pronunciarse a favor de los juicios por jurado. Estas otras diez las hemos dedicado a los más recelosos. ¿Y si con veinte razones no alcanza? No hay nada más que hacer: habremos perdido la batalla racional.

Hay que tener cuidado con las mentiras montadas para sostener un sistema de juzgamiento inconveniente, retrógrado, oscurantista, fracasado e irracional. Las razones de los "juradistas" son argumentos que se riñen con la realidad. ¿No me creen? Los invito a analizar cada uno de los mitos de los juicios por jurado.

19/2/13

Les da vergüenza reconocer que el jurado es arbitrario

Por Argentina sin Juicios por Jurado

Los juradistas sostienen un sistema de juzgamiento arbitrario

Una buena definición de arbitrariedad sería: producir un perjuicio a las personas sin decir por qué. Es lisa y llanamente lo que se le obliga a hacer al jurado con el reo y la víctima: condenar o absolver "porque sí", sin fundamentar ni motivar nada.

La falta de fundamentación y motivación del jurado lo inhabilita absolutamente para juzgar. Desde que nuestro sistema constitucional es "republicano" (art. 1°, Const. Nacional), ninguno de los actos de gobierno puede ser arbitrario. Toda resolución judicial debe estar fundada en la letra de la ley y motivada a través de un razonamiento lógico de los elementos de prueba.

Los juradistas se desentinden de la inconstitucionalidad del juicio por jurados. Les avergüenza reconocer que el jurado no fundamenta ni motiva nada, porque se ven al espejo justificando un sistema de juzgamiento arbitrario. Pero la obstinación e irracionalidad es más fuerte que el respeto a la Constitución Nacional. Y como es posible negar el carácter republicano de nuestro sistema de gobierno, se intenta camuflar la arbitrariedad del jurado para que pase lo más desapercibido posible.

En la mayoría de las legislaciones y proyectos sobre juicio por jurados existentes, se requiere bajo pena de nulidad que todas las resoluciones judiciales sean fundadas (legalmente) y motivadas (racionalmente), pero a continuación se establece: "en el caso del juicio por jurados las instrucciones del juez al jurado constituyen plena y suficiente motivación del veredicto".

Sí, leyó bien. Es una suerte de surrealismo jurídico a través del cual ―en el mundo del absurdo― la instrucción del juez se equipara a la motivación de la resolución. Es una fórmula legal digna de agenciarse el primer premio al sofisma jurídico. Es un absurdo con todas las letras, pero la ley logra su cometido: disimula la arbitrariedad del jurado.

Es importante poner cada cosa en su lugar:

instrucciones del juez ≠ motivación del veredicto

Así como los alegatos del fiscal (que instruyen al juez sobre el veredicto pretendido por la acusación) no son idóneos para abastecer el requisito de la motivación de la sentencia, tampoco las instrucciones que da el juez al jurado son idóneas motivar el veredicto

El juez instruye: "hay que establecer si el hecho se cometió o no con un arma de fuego" y el jurado dice: "se cometió con un arma de fuego" o "no se cometió con un arma de fuego" pero no explica por qué, en qué se basa para hacer tal afirmación, ni hace una valoración lógica de la prueba en que se motiva (al menos que sea accesible al reo, a la víctima, al juez o a cualquier persona).

La confusión entre el "qué" se decide y el "por qué" se decide de ese modo es flagrante. Al jurado lo único que se le pide es que manifieste qué veredicto dicta (culpable o no culpable) pero no que explique por qué toma su decisión. Las instrucciones del juez tampoco explican por qué el jurado toma la decisión que toma, por lo que mal podría considerarse que las mismas abastecen el requisito de motivación de las resoluciones judiciales.

Es hora de que los juradistas admitan que la motivación no está dentro de sus preocupaciones. De que admitan que promueven un sistema de juzgamiento que es peligrosamente arbitrario. No debieran camuflar la arbitrariedad con sofismas infantiles. ¿Se sienten avergonzados de la falta de motivación de los veredictos? Buenas razones tienen para sentirse así, pero más vergonzosa es la deshonestidad intelectual de no admitir la arbitrariedad con la que se obliga a juzgar al jurado.

No es posible implementar los juicios por jurado en la Provincia de Buenos Aires sin una reforma de la Constitución Provincial

Por Argentina sin Juicios por Jurado

La constitución bonaerense no contempla el juicio por jurados

La Constitución Nacional contempla una serie de inconvenientes y anacrónicas cláusulas programáticas (arts. 24, 75 inc. 12° y 118) para el establecimiento de los juicios por jurado. Distinto es el caso de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, en la cual los juicios por jurado no tienen ninguna recepción.

Alguien podría decir: la Constitución Nacional es una norma de rango superior a la Constitución Provincial y, por ende, las cláusulas programáticas son aplicables a todas las provincias, incluida la de Buenos Aires. Se trata de una afirmación falsa originada en la errónea interpretación de la normativa constitucional.

Argentina es un país federal, es decir, en principio las constituciones provinciales son normas de jerarquía superior a la Constitución Nacional. La excepción está dada por las facultades que las provincias delegan exclusivamente a la Nación, otorgando de esa forma a la Constitución Nacional, únicamente en las facultades delegadas, una potestad superior a las constituciones provinciales.

Es esencial no perder de vista el carácter federal de la República Argentina (art. 1°, Const. Nacional). Son las provincias las que crean a la Nación y no al revés. Todas las facultades no delegadas a la Nación son exclusiva potestad provincial.

La Constitución Nacional, en esta línea de razonamiento, sólo es aplicable a la organización de la justicia creada por las provincias para la Nación. Los juicios por jurado son un sistema que las provincias programaron para la justicia nacional, y no para las provinciales, a cuyo respecto se reservaron la potestad legislativa.

La Constitución de la Provincia de Buenos Aires no tiene prevista ninguna cláusula de juicios por jurado. Por el contrario, el art. 160 establece: "El Poder Judicial será desempeñado por una Suprema Corte de Justicia, Cámaras de Apelación, jueces y demás tribunales que la ley establezca", luego de lo cual establece en los arts. 175, 178 y 181 los atributos que deben tener los jueces (que deben ser letrados) y el modo de seleccionarlos. Los jurados no pueden ser jueces, porque carecen de todos esos atributos.

Si mañana una ley estableciera los juicios por jurado para la Provincia de Buenos Aires, sería absolutamente inconstitucional. No habría modo de aplicarla, a no ser que la Constitución se modificara incluyendo ―como lo hace la Constitución Nacional― las cláusulas que habiliten los juicios por jurado. Para poder implementar algún día el sistema de juicios por jurado es absolutamente necesario modificar la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, no siendo suficiente con el mero dictado de una ley procesal.

17/2/13

Ningún país puede estar listo para los juicios por jurado

Por Argentina sin Juicios por Jurado

No existe jurado preparado e idóneo para juzgar rectamente

Es común oír a los detractores del juicio por jurados decir que Argentina, por su historia, idiosincrasia, conformación cívica y constitución social, no se encuentra aún lista para los juicios por jurado.

No podemos menos que acompañar la evidente crítica a este desafortunado sistema de juzgamiento, pero lo cierto es que Argentina no sólo hoy no está lista, sino que nunca jamás habrá de estarlo. De hecho, no existe ningún país sobre la faz de la Tierra que esté, haya estado o pueda algún día estar listo para el juicio por jurados.

La tarea de juzgar no puede realizarla una persona (o doce personas) sin ningún conocimiento sobre la ciencia penal. Tampoco es posible juzgar sin fundamentar las decisiones que se toman respecto de la libertad del acusado y los derechos de las víctimas. Es por eso que ningún país podría jamás estar listo para el juicio por jurados, que pone la labor de juzgar en cabeza de doce personas que no han sido preparadas ni entrenadas, y que deciden conforme la oscura e inescrutable "íntima convicción", sin fundamentar en nada las razones del veredicto absolutorio o condenatorio que se toma.

Países como EE.UU. y el Reino Unido, aunque tengan una vasta tradición de juicio por jurados, tampoco están ni estuvieron jamás listos para semejante parodia de juzgamiento. Que desde tiempos inmemoriales se ponga el juzgamiento en manos de la impericia e inexperiencia, no permite aventurar que el jurado esté en condiciones de juzgar, ni mejora la administración de justicia, ni habilita a nadie afirmar que un país pueda estar listo para el juicio por jurados.

En tanto que el derecho penal es una genuina ciencia, verificada a través del justo y recto juzgamiento de los casos, pero que sólo es accesible a las personas que la han estudiado y aprendido, es imposible afirmar que algún país pueda estar preparado para la implementación del juicio por jurados.

15/2/13

Ventajas y desventajas de los juicios por jurado

Por Argentina sin Juicios por Jurado

¿Ventajas? ¿Desventajas? No... ¡inutilidad!





















Es impropio hablar de que los juicios por jurado tienen "ventajas" o "desventajas". Las ventajas o desventajas deben referir siempre a algo que tiene la aptitud para cumplir la función que se le atribuye, lo cual no ocurre con el juicio por jurados.

Alguien podría disertar sobre las ventajas y desventajas de las carnes en comparación de las verduras, porque tanto las carnes como las verduras son alimentos y cumplen ―con sus ventajas y desventajas― una función alimenticia. Pero nadie hablaría jamás de las "ventajas" o "desventajas" del plástico como alimento, puesto que carece de toda aptitud para cumplir con la función nutritiva.

Con el juicio por jurados ocurre algo similar: no es posible hablar de sus "ventajas" o "desventajas", ya que es una institución que carece de toda aptitud para cumplir con la función que se le pretende atribuir. Así como el plástico no sirve para alimentar a alguien, un jurado no sirve para impartir justicia.

El juicio por jurados es retrógrado y oscurantista. Se pone en manos de doce personas sin ningún conocimiento técnico, sin saber de su integridad moral, sin testear su aptitud mental, ni su desempeño intelectual, la difícil tarea de juzgar a una persona.

Como si esto no fuera suficiente, se los obliga a condenar al imputado sin decirle por qué, o a absolverlo sin decirle por qué a la víctima (o a sus familiares). Un sistema así es impensable para cualquier sociedad civilizada.

Sólo un loco sopesaría las ventajas o desventajas del ejercicio de la medicina por "curanderos populares" sorteados en el padrón electoral. El derecho penal, que ―al igual que la medicina― es una genuina ciencia, también debe estar en manos de profesionales.

Con todo, si de argumentos se trata, las razones en contra de los juicios por jurado son innumerables, pero trataremos de exponer las diez (10) más importantes:

1°) El juicio por jurados es antidemocrático, ya que el jurado no es el pueblo ni ha sido elegido por el pueblo: es la tiranía del azar. Así como es antidemocrático designar presidente, senadores, diputados, intendentes por sorteo (porque el sorteo no es elección y el sorteado puede ser un retrógrado, un filonazi, un inmoral, etc.), tampoco es válido designar a los jueces de ese modo. Si lo importante es hacer justicia, no debería dejarse la resolución del caso en manos del azar, que no garantiza nada.

2°) El juicio por jurados es antirrepublicano porque el jurado no explica por qué condena o absuelve, lo cual quiebra el sistema republicano de gobierno que exige un fallo fundado y motivado.  El ciudadano acusado tiene derecho a que le digan por qué lo declaran culpable, y la pretendida víctima tiene el derecho de saber por qué se absolvió al acusado.

3°) El juicio por jurados es arbitrario porque impide la revisión del fallo dictado conforme lo requieren los pactos internacionales de DD.HH. Un veredicto que no indica por qué absuelve o condena, no se puede revisar. Un veredicto que no se puede revisar es dictatorial.

4°) El juicio por jurados es oscurantista porque obliga a las personas a realizar una labor técnica para la cual no se encuentran preparadas, ni tienen experiencia. Así como la ley deposita las tareas técnicas en manos de especialistas (p.ej., médicos) y reprime con pena de prisión a quienes ejercen labores técnicas sin títulos habilitantes (p.ej., se reprime el curanderismo), igualmente debería sustraer el juzgamiento de la personas de las manos de personas que carecen de toda preparación para ello. Quienes consideran una insensatez poner una intervención quirúrgica en manos de un juez, deberían tener algún reparo en poner el juzgamiento de una persona en manos de un médico, o de cualquier otro ciudadano que no tenga conocimientos jurídicos. El juicio por jurado, a fin de cuentas, es ―en palabras de Julio César Strassera― una suerte de "curanderismo jurídico".

5°) El juicio por jurados es dictatorial, ya que la ley no nos puede obligar a hacer lo que no sabemos, haciéndonos sacrificar a través de nuestra falta de experiencia la vida y libertad de una persona. La excusa más común que esgrime la gente para no ser jurado (en países donde se ha instaurado) es que no se consideran en condiciones para juzgar. Nada más cierto, pero nadie los escucha. Estas personas, en su absoluta sensatez, advierten lo mismo que cualquiera de nosotros si nos pusieran un bisturí en la mano para que operemos un enfermo de apendicitis.

6°) El juicio por jurado es irracional, ya que no siempre logran fallar de modo lógico, colándose en la labor de juzgar el sentimentalismo y la emotividad. El entrenaniento más imporante que recibe el juez, es el de analizar la prueba existente y sólo la prueba. El juez no juzga por la belleza, el sexo, la raza, la calidad de persona de la víctima o del victimario, por la vida que hayan tenido cada uno de ellos, ni tampoco juzga para dar ejemplos o lecciones a otros delincuentes o a la sociedad, ni para contentar a la gente, etc., sino que  el juez falla en base a lo que ha ocurrido y al deber de actuar que le cabía a cada quien. Un jurado no ha sido entrenado para hacer estas distinciones y, lamentablemente, muy a menudo cede ante argumentos falaces que son irrelevantes para la labor de juzgar.

7°) El juicio por jurados es bárbaro, ya que, como cuerpo colegiado no es confiable, y no deciden los más pensantes sino los más exaltados. Todos los estudios sociológicos que se han realizado en el seno de grupos que deben tomar decisiones (como el jurado), indican que quien decide es aquella persona que con o sin razón, exhibe la personalidad más poderosa e intimidante para los demás.

8°) El juicio por jurados es imprevisible porque se pone el juzgamiento de una persona, y por ende su libertad, en manos de doce personas a las cuales no se las analiza mental ni moralmente. Un Estado republicano no puede someter la libertad de una persona a la decisión de personas cuya aptitud mental desconoce. Hay gente que absuelve siempre porque entiende que el Estado es un monstruo en manos de capitalistas que somete y subyuga a las personas. Hay gente que condena porque es sádica, por cuestiones raciales, por vivencias personales. Hay gente que incapaz de pensamientos complejos y condena o absuelve en base a corazonadas, emotividad o pura arbitrariedad. Hay abusadores (no condenado) que deberán juzgar a abusadores, ladrones (no condenados) que deberán juzgar a ladrones, etcétera. Todos ellos están incluidos dentro del padrón electoral (al menos hasta el día que tengan antecedentes penales). Todos ellos pueden ser jurados.

9°) El juicio por jurados, como sistema de juzgamiento, es mediocre, ya que no es posible saber si el jurado entendió algo de lo dicho en la sala de audiencias. Hay personas con dificultades de comprensión o con una capacidad de concentración demasiado débil para entender la prueba. No sólo puede faltar el entendimiento, sino que lo natural es que al jurado se le pasen por alto cosas de mucha relevancia. La especialización y la práctica permite distinguir lo relevante de lo irrelevante. El jurado es siempre un "juez amateur".

10°) El jurado suele ser influenciable por el enorme influjo de los medios de comunicación, los cuales pueden acabar determinando la suerte del encausado. Un juez sabe que en su sentencia no tiene lugar nada que salga en los diarios, en las radios o en la televisión. Todo eso es absolutamente irrelevante. Lo único que puede servir para juzgar es lo que pasa en el juicio. Un jurado no siempre lo sabe no lo introyecta, acaba muchas veces influido por lo que dice la prensa. Además, mientras que el juez tiene más preparación técnica y práctica que los periodistas (y entonces confía en su criterio para juzgar), los jurados no tienen ningún conocimiento superior. Los jurados necesitan del sostén de la prensa a la hora de decidir sobre la vida y libertad del reo, mientras que el juez no lo necesita, porque se apoya en el cúmulo de su saber.

Diez razones son más que suficientes para demostrar que el juicio por jurado es un sistema de juzgamiento antidemocrático, antirrepublicano, arbitrario, oscurantista, dictatorial, irracional, imprevisible, mediocre e influenciable. Pero si no fueran suficientes, se me ocurren otras diez (10) razones contra los juicios por jurados.

13/2/13

Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires y juicios por jurado

Por Argentina sin Juicios por Jurado

Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires

La Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece en su artículo 178 que: "Para ser juez de primera instancia se requiere: tres años de práctica en la profesión de abogado, seis años de ciudadanía en ejercicio y  veinticinco años de edad". La sabiduría de nuestra constitución provincial es innegable, puesto que todo juzgador que tenga a su cargo decidir sobre la libertad de una persona, lo mínimo con que debe contar es con estudios, experiencia y madurez.

Por tal razón, aparece como un verdadero sinsentido que, a su vez, se haya establecido el juicio por jurados, cuyos miembros a los que se les encomienda la delicada tarea de juzgar carezcan de estudios académicos, no tengan práctica alguna en cuestiones jurídicas, no necesiten tener determinada cantidad de años de ciudadanía en ejercicio, ni siquiera deban contar con al menos 25 años de edad.

Lo que pasa de ser un sinsentido para transformarse en un doble sinsentido es implementar juicios por jurado cuando la Constitución provincial contempla la existencia de una institución ―necesaria y fundamental― como es el Consejo de la Magistratura (art. 175) cuya excelsa y específica función es la de seleccionar entre los postulantes a jueces que cumplen con las condiciones establecidas en la Constitución provincial a aquellos que cuenten "con solvencia moral, idoneidad y respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos" (art. 175 párr. 3° in fine, Const. de la Prov. de Bs. As.).

Las preguntas obligadas son: ¿Los miembros del jurado tienen solvencia moral? ¿Son idóneos para juzgar? ¿Han sido formados en el respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos? Las respuestas son siempre negativas. Todo el mérito y toda la idoneidad del jurado consiste en haber sido sorteado dentro del padrón electoral.

Quienes estamos persuadidos de que el Consejo de la Magistratura es una institución absolutamente indispensable para mejorar las cualidades técnicas y morales de los jueces, entendemos que poner la tarea de juzgar en manos de cualquier persona surgida al azar en el padrón electoral, se riñe y atenta ferozmente con el espíritu y la razón de ser de dicha institución.

11/2/13

Peligro: juicios por jurado

Por Argentina sin Juicios por Jurado

Es enorme el peligro del juicio por jurados para la administración de justicia

Entrando al edificio de Tribunales, en ocasiones se pueden observar una serie de carteles que alertan peligros. Un empleado de ordenanza que baldea, coloca en el suelo una advertencia que dice: "Peligro: piso resbaladizo". En la puerta de un ascensor, el personal de mantenimiento coloca la leyenda: "Peligro: ascensor fuera de uso". En panel eléctrico se puede leer la advertencia: "Peligro: alta tensión". No sería descabellado pensar en un nuevo cartel que prontamente podría llegar a ser necesario: "Peligro: juicios por jurado".

Aunque parezca una broma, el tema es muy serio: el peligro que entrañan los juicios por jurado no está muy alejado al de un piso resbaladizo, un ascensor descompuesto o un cable de alta tensión. Cualquiera preferiría resbalar en el suelo mojado y romperse un brazo, antes que ser injustamente condenado a algunos años de prisión. Todos preferiríamos quedar unas pocas horas encerrados dentro de un ascensor, y no muchos años injustamente dentro de una cárcel. Y no pocas personas preferirían aferrarse a los cables de alta tensión antes que ser injustamente condenados a prisión de por vida.

Como se ve, los juicios por jurado son extremadamente peligrosos. Son un inmenso peligro para la justicia. O para ser más exactos, introducen una serie de peligros que atentan contra la libertad de las personas y la justicia para las víctimas:

Peligro Nº1: La impericia de los miembros del jurado, que no han sido capacitados para juzgar rectamente y son más proclives al error judicial.

Peligro Nº2: Los prejuicios de los miembros del jurado, que les podría hacer prejuzgar al imputado o a la víctima antes de valorar la prueba.

Peligro Nº3: El sentimentalismo usual en los miembros del jurado, que les podría hacer juzgar más por la simpatía que por la justicia.

Peligro Nº4: El apuro de los miembros del jurados que, en el afán de volver rápidamente a sus vidas, podrían precipitar el veredicto condenatorio o absolutorio.

Peligro Nº5: La timidez del algunos miembros del jurados, que los podría hacer sucumbir a la opinión de otros miembros del jurado más exaltados o intemperantes.

Peligro Nº6: La obcecación de algunos miembros del jurado, que los podría hacer fallar de modo absurdo o irracional.

Peligro Nº7: La desatención de los miembros del jurado, que en algunos casos les podría impedir seguir con detalle la producción de toda la prueba.

Peligro Nº8: La inexperiencia de los miembros del jurado, que les podría hacer pasar por alto los hechos más relevantes.

Peligro Nº9: La influenciabilidad de los miembros del jurado, que podrían acabar juzgando bajo la sugestión de familiares, vecinos o de  los medios de comunicación.

Peligro Nº10: La permeabilidad de los miembros del jurado, que podrían valorar toda la prueba presentada ante sus ojos, sin discriminar si se trata de prueba obtenida de modo legal o ilegal.

El cartel: "Peligro: juicios por jurado" sería muy útil e instructivo en las puertas de las salas de juicio si algún día se llega a implementar este inconveniente sistema de juzgamiento, pero de mucho mayor provecho sería colocarlo preventivamente en el acceso a las salas del Congreso y las Legislaturas provinciales, para que los juicios por jurado nunca se conviertan en ley.

Epílogo:

El juicio por jurados, por desgracia, es hoy una realidad. Y todos y cada uno de estos peligros se han hecho realidad. Los jurados ya han cometido errores judiciales. Ya han fallado injustamente por sentimentalismo. Ya han dictado fallos contradictorios por desatención. Ya han demostrado su enorme impericia e inexperiencia a la hora de juzgar.

Lo lamentable es que todos podemos ver cuando alguien cae al suelo al resbalar, o cuando se desploma un ascensor con gente adentro, o cuando se electrocuta alguna persona con cables de alta tensión. Pero sólo algunos jueces y abogados tenemos la posibilidad de apreciar los disparatados veredictos del jurado, que se van sumando todos los días.

Lo que ayer era un peligro, hoy ya es un daño irreversible.

10/2/13

Juradismo: ¿demagogia, engaño e ignorancia?

Por Argentina sin Juicios por Jurado

El complejo de inferioridad del juradismo

Es lamentable ver que los promotores del juicio por jurados, consciente o inconscientemente se debaten entre la demagogia, el engaño y el resentimiento. Sobre estos tres espurios pilares se apoyan los argumentos a favor de los jurados y en contra de que el juzgamiento de las personas esté en manos de jueces letrados.

Los juradistas, bajo el disfraz democrático, se ajustan el ropaje demagógico: tratan de instalar que el jurado es el pueblo. Eso es falso. Nunca nos cansaremos de remarcar que —a diferencia de los jueces que son elegidos por los representantes del pueblo— el jurado no es el pueblo, ni ha sido elegido por el pueblo.


La elección del jurado al azar en el padrón electoral es tan democrático como lo sería... ¡la elección del Presidente de la Nación por sorteo! Lo que caracteriza a todas las democracias es la representación electiva, esto es, que los ciudadanos eligen a sus representantes mediante el voto. Una persona sorteada al azar no es elegida ni representa a nadie.

Los juradistas no se conforman con la falacia demagógica, sino que también se sirven de sofismas y engaños, tratando de instalar a los juicios por jurado como la gran panacea que viene a remediar los problemas de la justicia. ¡Otra falsedad! Los juicios por jurado no resuelven ni uno de los verdaderos problemas de la justicia penal.


Es obvio que a través de la demagogia no se solucionan los problemas de la justicia penal. La finalidad del discurso demagógico es quedar bien con la opinión pública, mostrarse popular, congraciarse con las masas, aunque se utilice el engaño contra el mismo pueblo que se dice favorecer.

De hecho, obsérvese que se engaña a la población diciéndole que con el juicio por jurados “la justicia ahora está en manos de la gente”. Lo que nadie dice es que es el imputado, unilateralmente, según su estrategia, quien elige si va a ser juzgado por un jurado popular o por un tribunal letrado. Es decir, la justicia está sólo en manos del imputado, que elige según su conveniencia quién lo va a juzgar.

A poco de andar, se nota también en el discurso de los juradistas una solapada animosidad hacia la judicatura.

Se dice que los jueces son inquisitivos, y adjudican a la Inquisición la creación de los jueces letrados, que existen —cuanto menos— desde la época de los jurisconsultos romanos.

Se denuncia la existencia de una supuesta “corporación” judicial, a la cual por poco le atribuyen códigos mafiosos.

Se achaca a los jueces ser una suerte de dictadores caprichosos y despiadados temerosos de perder su absoluto poder.

Estas acusaciones son absurdas y producto de mentes acomplejadas.

Los jueces se oponen a los juicios por jurado, de igual modo que un cirujano se opondría a las cirugías por jurado... ¡porque es un disparate poner en manos de personas que carecen de capacitación y experiencia determinadas tareas que requieren conocimientos técnicos!

Ninguna de las acusaciones de los juradistas es verdadera. Lo que sí es evidente, aunque muy triste, es el desconocimiento que encubre esta irracional animadversión hacia el juzgamiento mediante jueces letrados.


Los jueces técnicos hacen posible que el saber jurídico y el saber lógico intervengan en la administración de justicia. Garantizan que la razón impere en la justicia de los hombres. Combaten el sentimentalismo, los prejuicios y la arbitrariedad, que dominan el juzgamiento por jurados populares.

9/2/13

Juicios por jurado: ¿por qué siempre opinan los más burros?

Por Argentina sin Juicios por Jurado
 
Opinando sobre el juicio por jurados



























Todos somos mayormente burros, porque el saber es inabarcable y nadie puede acaparar todo el conocimiento. Todos hemos dicho burradas alguna vez (y lo seguiremos haciendo), porque opinar está siempre dentro de nuestros primeros instintos (hasta diría que es un derecho inalienable poder opinar de todo). Por eso este artículo no pretende ser una censura para nadie (porque errare humanum est), pero sí un llamado de atención: la desinformación a veces nos deja opinando a favor de cosas que no quisiéramos.

Es posible apreciar cada tanto, que algún columnista ingenuo que ha sido víctima de la desinformación y ha caído en las trampas de los slogans vacíos y sofísticos, para llenar las páginas de algún periódico, sale a opinar a favor de la implementación del juicio por jurados en la provincia de Buenos Aires.


No está mal que lo haga, pues hay que decir que opinar hace a su derecho. Pero invariablemente, a la tercera palabra dicha o escrita, se pone en evidencia que esa persona jamás pisó un tribunal criminal, que no tiene ni idea de cómo es el proceso penal actual y que tiene nulos conocimientos de derecho penal.


En una palabra: que es un burro total en materia de justicia penal ―al igual que los jueces en cuestiones periodísticas― sin la más remota idea de lo que está hablando, escribiendo o rebuznando.


La primera burrada que se dice es que los juicios penales en la actualidad son procesos escritos, secretos, de lenguaje impenetrable para la mayoría, etc., y que el juicio por jurados, con su oralidad, vendría a dar mayor transparencia y publicidad a los juicios... ¡Que rebuzno!


En la provincia de Buenos Aires hace más de 15 años que los juicios son completamente orales, las audiencias son absolutamente públicas y todo lo que ocurre en un juicio oral es perfectamente accesible al entendimiento de cualquier persona promedio. No hay más que acercarse algún día a los tribunales provinciales y presenciar una audiencia de debate para poderlo constatar.


La segunda burrada que se afirma es que con el juicio por jurados se va a acabar el papelerío inútil, los expedientes innecesarios y la escritura superflua... ¡Otro rebuzno!


Debemos aclarar ―para que no se opine ligeramente― que el juicio por jurados viene a reemplazar el órgano juzgador en el juicio que ya hace años que es oral, de modo que no se va a suprimir nada de lo escrito (que pertenece a la investigación fiscal y a la etapa recursiva).


Si se quisiera suprimir algún tramo de esa parte escrita (lo que sería una excelente idea), las medidas a tomar nada tendrían que ver con la implementación del juicio por jurados.


Lo que sí se va a suprimir con el juicio por jurados es la única pieza escrita fundamental del proceso penal (y por ende, no superflua): los fundamentos del veredicto en los que se le explica al acusado por qué se lo condena, o a la presunta víctima por qué se absuelve al reo.


La tercera burrada que frecuentemente se puede leer en las columnas periodísticas es que el juicio por jurados vendría a dinamizar los procesos penales cuya duración llevan décadas... ¡Un rebuzno más!


Los procesos penales hoy son eternos, es cierto, porque las vías recursivas son excesivas, como seguirán siendo con los juicios por jurado, que no modifican una sola letra de la etapa revisora, que es donde debe encontrarse la solución de la morosidad judicial 
(en realidad el juicio por jurados sí modifica parte de la etapa recursiva a los fines de discriminar a las víctimas).

Como contrapartida, los juicios por jurados son ―en los guarismos preliminares― unas cinco veces más lentos que los juicios orales actuales. Primero, por razones logísticas: ¡hay que convocar 48 personas (que ninguna quiere comparecer), para seleccionar entre ellas los 18 jurados (que ninguna quiere ser), los cuales deben concurrir y estar presentes a todas las audiencias del debate!


Y además, por razones dialécticas: los abogados con los jueces están obligados a circunscribir la cuestión en el hecho y la prueba, mientras que con el jurado se adicionan horas de audiencias con retórica, sentimentalismos y prueba inconducente, que son muy eficaces para la manipulación del jurado.


La cuarta burrada, que es casi un cinismo, dice que el juicio por jurados es una garantía constitucional para la defensa en el juicio... ¡Que rebuzno estentóreo!


Ante todo, otorgar al acusado la posibilidad de elegir entre ser juzgado por un jurado o por jueces profesionales, y negársela al fiscal y a las víctimas, no constituye un "derecho" sino un "privilegio", en franca violación al principio de igualdad de armas en el proceso penal.


Por otro lado, ya ingresando al fondo de la cuestión, cabe poner de resalto que las garantías constitucionales del juicio están todas vinculadas al examen de la legalidad de la prueba de cargo y a la demostración de que se ha realizado una correcta valoración de dicha prueba.


Los jueces no pueden invocar prueba ilegal en sus sentencias y deben hacer una valoración razonada de la prueba que sí pueden utilizar, si no quieren que un tribunal de alzada se las revoque por irrazonables.


Los jurados, en cambio, ¡no dicen por qué condenan! Pueden formar convicción con prueba absolutamente ilegal (p.ej., confesiones arrancadas mediante tortura), pueden valorar la prueba de modo ilógico y absurdo... ¡y nadie nunca les va a poder revocar el veredicto!


La quinta burrada que suele manifestarse en la pluma de quienes opinan desde la premura, es que la deliberación del jurado proporciona una mayor calidad que la de los jueces... ¡Dios mío! ¡Qué manera de rebuznar!


Doce personas inexpertas nunca van a poder hacer un mejor trabajo que tres jueces letrados y experimentados (ni que uno solo). Tampoco doce personas inexpertas podrían reparar un auto, construir un puente o levantar un edificio. La inexperiencia nunca permite realizar una labor de mejor calidad.


Lo que en realidad nos deberíamos preguntar es: ¿cómo saber si el trabajo que realizan los jurados es o no de calidad si se los obliga a juzgar sin fundamentar nada y sin decir por qué condenan o absuelven?


El veredicto razonado y por escrito ―que sólo brinda el juez o tribunal letrado― permite evaluar el trabajo del juez o tribunal, mientras que para evaluar el trabajo del jurado (que nada fundamenta, porque así lo manda la ley), hay que ser adivino o mentalista.


La sexta burrada de los promotores del juicio por jurados y que los columnistas hacen suya, es el argumento de que, si se presume el conocimiento del derecho, es una contradicción afirmar que quien lo conoce no puede aplicarlo... ¡Paren de rebuznar!


Ante todo, es una burrada mayúscula decir que el derecho se presume conocido por todos (al menos no es un principio del derecho penal, que no admite ninguna presunción, salvo la de inocencia). Lo único que el reo debe saber para poder ser juzgado (y con las limitaciones y llaneza de sus conocimientos), es que la conducta que realizó (el delito) está penalmente prohibido (lo cual no requiere conocer una sola ley).


La diferencia que existe entre saber si algo está bien o mal (permitido o prohibido) y saber impartir justicia, es la misma que entre opinar si una tortilla está sabrosa o no, y ¡saber hacerla!


Hay un sinfín de burradas más que ya son verdaderos mitos que se repiten sin ningún juicio crítico, como pensar que el juicio por jurados sirve para combatir la corrupción, cuando ocurre todo lo contrario. O afirmar que es beneficioso porque enseñan a la ciudadanía, ¡cómo si fuera ético sacrificar la libertad del reo o los derechos de las víctimas para dar lecciones de ciudadanía! Y la mayor de todas las burradas: afirmar el disparate de que el juicio por jurados es democrático.


En verdad, quienes tienen conocimientos jurídico-penales profundos y verdaderamente velan por el mejoramiento de la administración de justicia, jamás elogiarían ni promoverían un sistema de juzgamiento tan perverso, retrógrado, oscurantista y antidemocrático como el juicio por jurados.

La implementación de juicios por jurado cosecha fuertes críticas entre los abogados

Por Argentina sin Juicios por Jurado

Los abogados se pronuncian contra el juicio por jurados
 
El juicio por jurado es un proyecto que no entusiasma entre los abogados. Los de mayor renombre en el país se han pronunciado decididamente en contra de la implementación de este sistema de juzgamiento.

El Dr. Carlos A. Elbert, destacado abogado, Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales, Presidente del Club Humboldt de Argentina (asociación de ex becarios de la Fundación Alexander von Humboldt de Alemania) y Doctor Honoris Causa de la Universidad Nacional de San Agustín, Arequipa, Perú, ha apreciado en un intersantísimo artículo escrito hace algunos años para Jurisprudencia Argentina, pero que es de gran actualidad, que la instalación de jurados acarrea un problema de costos que es minimizado con superficialidad. El sistema penal no ha podido resolver el problema en referencia al proceso oral y la comparecencia de los testigos, como no sea dejando que cada ciudadano convocado cargue con sus costos y dificultades privadas. No veo por qué la solución será distinta en relación a los futuros jurados, comprometidos para largas y agotadoras audiencias, encerrados en Palacio o en algún hotel. Además, No puede esperarse de una gran mayoría de nuestros ciudadanos un estado de equilibrio psíquico social y cultural adecuado para juzgar a sus semejantes. Más bien cabe esperar respuestas cargadas de emocionalidad y por tanto muy susceptibles de la influencia de los medios de comunicación, uno de los factores más temidos internacionalmente respecto a la objetividad de los jurados legos. Para colmo, la mayor parte de nuestros medios experimenta un alto nivel de concentración en pocas manos empresarias, trasluciendo un monopolio del tratamiento periodístico de los temas, dentro de los cuales los del orden, la seguridad y el control ocupan un rol destacado.

El Dr. Pedro Augé, destacado abogado y Secretario del Colegio Público de Abogados de Buenos Aires, expresa sus reparos a la prensa diciendo que muchos de los colegios de la provincia tienen fuertes reparos con respecto al tema de la implementación. Sobre todo en cuanto a garantizar la seguridad de los jurados, la independencia de sus miembros. Agrega que la implementación nos parece un poco difícil, teniendo en consideración los graves problemas que afectan desde hace unos años el servicio de Justicia, como el colapso edilicio.

El Dr. José Luis Menchón, un referente de la abogacía en la ciudad de Dolores,  ha expresado a medios periodísticos que Hoy por hoy en la Provincia de Buenos Aires instrumentar el juicio por jurado me parece inoportuno e imprudente. No tenemos lugares ni para sentarnos en los tribunales, no tenemos un espacio donde hablar con los clientes, estamos amontonados durante un juicio en la sala de audiencia, ¿y vamos a pensar en tener 12 personas más para realizar un juicio por jurados? Recuerdo que en el Congreso que se hizo en La Plata se recomendó a aquellos países que no tenían el juicio por jurado que no lo instrumentaran. Ellos estaban viendo la posibilidad de ir restringiéndolos hasta sacarlos. ¿Por qué? Porque los juicios cada vez se ponen más complejos, ya que la tecnología que hoy se utiliza para probar los delitos es compleja, tan compleja que hasta al mismo juez le resulta difícil de entender, y mucho más les va a costar a los jurados. Aunque sea difícil de creer, en Estados Unidos y en Inglaterra hay bandas que se dedican a presionar a los jurados para lograr la absolución del imputado. Yo creo por eso que los juicios por jurados no son para la idiosincrasia de los argentinos.

El Dr. Rubén Fígari, un destacado abogado y doctrinario que ha escrito excelentes textos sobre derecho penal, advierte en una entrevista radial que los juicios por jurado son muy caros. Los presupuestos que insumen son de bastante envergadura.

El Dr. José María Orgeira, destacado abogado, ex magistrado y profesor universitario en la UBA, ha escrito una carta de lectores para el Diario La Nación en la cual alerta sobre los juicios por jurado del siguiente modo: ¡Cuidado! Cuando se introducen reformas hay que pensar en la posibilidad real de implementarlas bien, para que signifiquen un progreso, garanticen la seguridad jurídica y mejoren la administración de justicia. ¿Se han informado del costo de seleccionar y mantener reunidas a las personas que integrarán cada jurado (comida, alojamiento, etc.)? ¿Las dificultades edilicias (no serviría la mayoría de las salas donde se desarrollan actualmente los juicios orales)? ¿La protección de los jurados (hoy día ni siquiera gozan de ella los testigos de cargo)? ¿Tienen noticia de su funcionamiento en los Estados Unidos de Norteamérica, pese a que allí no hay problemas presupuestarios ni estructurales?

El Dr. Enrique Gimbernat Ordeig, destacado abogado español y uno de los mejores doctrinarios del derecho penal material de habla hispana, se ha manifestado en un artículo periodístico publicado por el diario El Mundo de Madrid, remarcando que, a pesar del marketing que tiene, el sistema de juicios por jurado es un fracaso espectacular incluso en EE.UU. En cuanto a la capacidad del jurado para juzgar, razona: Con todos mis respetos para el arquitecto y el ingeniero, para la hacendosa ama de casa, para el honrado dependiente de la tienda de ultramarinos y para el respetable sexagenario que acaba de aprender a leer y a escribir, a los que se les impone, bajo la amenaza de incurrir en un delito, la obligación de formar parte de un jurado, esos principios sobre valoración de la prueba, y muchos otros establecidos por la jurisprudencia para garantizar los derechos a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva, su aplicación al caso concreto, y el enlace lógico de todo ello, es algo que no se puede aprender, por así decirlo, «en dos tardes», sin que tampoco se alcance a comprender por qué los ciudadanos corrientes norteamericanos que integran sus jurados con su pavoroso curriculum de errores judiciales tienen que ser menos influenciables y menos sabios que los españoles que ejercen la misma función juzgadora.

El Dr. Jorge Horacio Gentile, destacado abogado y profesor de derecho constitucional cordobés, se ha manifesta abiertamente contra los juicios por jurado diciendo sobre la experiencia cordobesa: Entendemos que lo mejor que puede hacer la Legislatura es derogar la ley y evitar así los graves daños que está causando este sistema que hace más lentos los procesos, más caros, que no se sabe si fue implantado para hacer más severos o más benévolos a nuestros tribunales, y que permite que personas ignorantes de la Constitución y de los códigos penal y de procedimiento, que no conocen lo que dicen los expedientes en que se instruyó la causa, nos terminen absolviendo o condenado y aplicando severas penas. Todo lo que en los últimos años se hizo para mejorar técnicamente a la Justicia, sometiendo a los candidatos a jueces a rigurosos concursos y pruebas sicológicas, se echó por tierra integrando tribunales con jurados que no representan a nadie, a pesar de llamárselos “populares” y que no están preparados sicológica ni intelectualmente para hacerlo.

El Dr. Enrique Zabala, destacado abogado penalista en Río Cuarto, ante una consulta periodística expresó: Si a vos te tienen que operar del corazón, ¿a quién vas a elegir? ¿A un tipo honesto que no sabe nada de medicina? No, vas a buscar a un especialista idóneo. Con la Justicia pasa lo mismo, con la honestidad sola no alcanza, yo quiero que me juzgue alguien que conozca de leyes.

El Dr. Fernando Levene, Presidente del Colegio de Abogados de La Plata, en declaraciones para Radio Provincia que, en algo tan sensible como el juzgar, condenar a una persona, necesitaría que los jurados estén integrados por los abogados.

El Dr. Carlos R. Baeza, eminente Abogado Constitucionalista de Bahía Blanca, expresó para La Nueva que el juicio por jurados se trataba de una institución ajena a nuestras costumbres. No es beneficioso que los ciudadanos participen en la función judicial, máxime tratándose de una delicada función técnica que requiere especial capacitación y para la cual se exigen variados requisitos.

No sólo los magistrados y juristas se pronuncian contra los juicios por jurado, sino también la mayoría de los abogados. Conclusión: sólo un sistema de juzgamiento absolutamente absurdo, inconveniente y perjuidicial puede producir un rechazo casi unánime a lo largo y ancho del vasto mundo de las leyes.

8/2/13

El juicio por jurado pasó la prueba... ¿cómo lo saben?

Por Argentina sin Juicios por Jurado

El periodismo apoya el juicio por jurados desde el desconocimiento
 
La nota periodística característica del primer juicio popular que se celebra donde se inaugura este sistema de juzgamiento, invariablemente se titula: "el juicio por jurado pasó la prueba". La pregunta inmediata es: ¿cómo lo saben?
 
Hay una generalizada creencia de que por el solo hecho de juntarse doce personas, presenciar un juicio, deliberar y dictar un veredicto ya se ha cumplido satisfactoriamente con la compleja tarea de juzgar. Nada más falso.
 
No basta con la mera ceremonia para haber juzgado rectamente. La tarea de juzgar no es una coreografía a seguir, sino una labor intelectual que nada tiene que ver con las formalidades que se celebran.
 
Lo importante de una cirugía no es anestesiar, abrir, manipular órganos y cerrar al paciente. Lo mismo se puede decir de un juicio: no es juntarse, observar prueba, deliberar y fallar sobre el caso. La apariencia exterior de las cosas no hace a la sustancia de la labor técnica.
 
Por eso, el jurado NUNCA puede "pasar la prueba". Usualmente no logra juzgar rectamente. Y aunque por fortuna así lo hiciera, no puede fundamentar por qué lo hizo así, lo cual es pura arbitrariedad (quien daña "porque sí" es arbitrario, aunque sea justo).
 
Tampoco pueden los periodistas establecer si un jurado "pasó o no la prueba", ya que se encuentran tan incapacitados para afirmar eso como el jurado para juzgar. Es lo mismo que se afirmara en el diario que un astrónomo "pasó la prueba" al realizar las fórmulas matemáticas que rigen los movimientos astrales... ¿cómo lo saben?
 
Es importante no emitir juicios sobre aquello que excede nuestras capacidades. El jurado no debe juzgar a nadie. El periodista no debe juzgar cómo se ha juzgado. El juez no debe juzgar la calidad de una nota periodística. ¡Zapatero a tus zapatos!

7/2/13

La implementación de juicios por jurado cosecha fuertes críticas entre los juristas

Por Argentina sin Juicios por Jurado

Los juristas de fuste deploran los juicios por jurado
 
Es cierto que algunos juristas promueven los juicios por jurado. Pero no se trata precisamente de los más destacados. Los juristas de mayor renombre en el país y el mundo se han pronunciado abierta y sistemáticamente en contra de la implementación de este sistema de juzgamiento.

El Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni, que no sólo es Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sino también el penalista más destacado de la República Argentina y del Continente Americano, con múltiples reconocimientos académicos en numerosas universidades del mundo, ha criticado tenazmente a los juicios por jurado expresando que se trata de un sistema fracasado que no funciona ni en EE.UU. e inconciliable con nuestra Constitución Nacional.

El Dr. Germán Bidart Campos, destacado jurista y constitucionalista argentino, explica en una entrevista publicada por la UBA que el juicio por jurados no ha sido reglamentado porque por mucho tiempo una opinión predominante ha considerado que no corresponde a nuestra tradición judicial y que es un trasplante de una institución ajena a nuestro medio. La no reglamentación durante un siglo y medio no configura una omisión constitucional.

El Dr. Alfredo Vélez Mariconde, destacado jurista argentino y maestro de maestros del derecho procesal, destaca en su famoso tratado (que es de lectura obligatoria para todo aquel que estudie dicha materia) que una influencia extraña y perniciosa resulta mucho más factible frente a un jurado popular que a un magistrado técnico. Pone además al descubierto la evidente inidoneidad de los jurados para ejercer la labor de juzgar, en franca violación del art. 16 de la Constitución Nacional que establece que todos los habitantes de la Nación son "admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad".

El Dr. Jorge A. Clariá Olmedo, otro destacado maestro procesalista argentino,  enseña en su tratado de derecho procesal penal que el tribunal técnico es más independiente teniendo en cuenta que los jurados son proclives a las influencias religiosas, políticas y raciales, a modalidades localistas y al empuje de las pasiones exaltadas por los conflictos sociales. Nos recuerda además que nuestra cultura cívica y formación procesal no concibe una sentencia sin fundamentación, dado que la fundamentación del fallo judicial no sólo es garantía de justicia, sino también un derecho de todos los miembros de la colectividad para conocer la razón de una condena o de una absolución, evitar la arbitrariedad y exigir la objetividad de los pronunciamientos.

El Dr. José I. Cafferata Nores, uno de los más conocidos autores del nuevo proceso penal en América Latina, consultor de organismos internacionales y participante en el proceso de reforma al Código Procesal Penal en Argentina, recoge en un trabajo titulado "Cuestiones actuales sobre el proceso penal" sus meditaciones sobre los juicios por jurado en los que destaca que la exclusión de la arbitrariedad del fallo de un tribunal criminal se logra más naturalmente entre técnicos en derecho, con la exigencia de motivación, ya que el ciudadano acusado tiene derecho a que le digan por qué lo declaran culpable (y el ciudadano, presunta víctima, el de saber por qué se absolvió al acusado).

El Dr. Ricardo Levene (h.), ex presidente de la Corte Suprema de Justicia y destacado penalista, que contribuyó durante su vasta carrera a la reforma de una buena cantidad de códigos procesales de distintas provincias del país, ha escrito en su manual de derecho procesal penal que en la magistratura profesional hay más preparación y no menos independencia, ya que el jurado es fácil de impresionar, o de caer en el cohecho, o de ser presa de la influencia exterior o de la dialéctica brillante, pero a veces sin razón, de los letrados. Y concluye que la justicia del crimen, por la naturaleza técnica de las cuestiones y los delicados problemas jurídicos que suscita, debe quedar a cargo de tribunales de derecho, cuya preparación y experiencia les aporta mayor capacidad que el jurado para juzgar.

El Dr. Enrique Gimbernat Ordeig, destacado penalista español y uno de los mejores doctrinarios del derecho penal material de habla hispana, quien ha sido decano de la facultad de Derecho de la Universidad de Alcalá de Henares, Doctor Honoris Causa por la Universidad de Múnich (1999), por la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (2000), por el Instituto Nacional de Ciencias Penales de México (2006), por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (2006) y por la Universidad Santa María de Caracas (2007), se ha manifestado en un artículo periodístico publicado por el diario El Mundo de Madrid, remarcando que, a pesar del marketing que tiene, el sistema de juicios por jurado es un fracaso espectacular incluso en EE.UU. En cuanto a la capacidad del jurado para juzgar, razona: Con todos mis respetos para el arquitecto y el ingeniero, para la hacendosa ama de casa, para el honrado dependiente de la tienda de ultramarinos y para el respetable sexagenario que acaba de aprender a leer y a escribir, a los que se les impone, bajo la amenaza de incurrir en un delito, la obligación de formar parte de un jurado, esos principios sobre valoración de la prueba, y muchos otros establecidos por la jurisprudencia para garantizar los derechos a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva, su aplicación al caso concreto, y el enlace lógico de todo ello, es algo que no se puede aprender, por así decirlo, «en dos tardes», sin que tampoco se alcance a comprender por qué los ciudadanos corrientes norteamericanos que integran sus jurados con su pavoroso curriculum de errores judiciales tienen que ser menos influenciables y menos sabios que los españoles que ejercen la misma función juzgadora.

Juristas de todos los tiempos y de todos los lugares del mundo, de la inmensa talla de los Dres. Niceto Alcalá-Zamora Castillo, Joaquín Escriche, Enrico Ferri, Rodolfo Rivarola y el gigante jurista español Dr. Luis Jiménez de Asúa, entre muchísimos otros, se han pronunciado visceralmente en contra de los juicios por jurado.

Todas estas voces calificadas que los juristas más descollantes de todos los tiempos han alzado en contra de los juicios por jurado, deben ser respetadas y veneradas, generando en todos nosotros un fuerte compromiso para el rechazo en la República Argentina de la implementación de este retrógrado y fracasado sistema de juzgamiento.

6/2/13

La implementación de juicios por jurado cosecha fuertes críticas entre los magistrados

Por Argentina sin Juicios por Jurado

Los mejores magistrados deploran el juicio por jurados

Lejos de haber univocidad de voces en favor de los juicios por jurado, como falsamente pregonan sus promotores, lo cierto es que los magistrados más destacados del país se han pronunciado abiertamente en contra de la implementación de este absurdo  y fracasado sistema de juzgamiento.

El Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni, que no sólo es Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (C.S.J.N.), sino también el penalista más destacado de la República Argentina y del Continente Americano, ha criticado duramente a los juicios por jurado expresando que es un sistema fracasado, que no funciona ni en EE.UU. y que es inconciliable con nuestra Constitución Nacional.

El Dr. Ricardo Lorenzetti, actual Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (C.S.J.N.), ha remarcado en declaraciones periodísticas en la Provincia de Chubut, que el sistema no ha resultado del todo exitoso donde se ha implementado, que resulta oneroso de llevar adelante y que en aquellos lugares donde se aplique debería hacerse mediante experiencias piloto, en casos específicos y con la responsabilidad que amerita. Aspectos tales como el entramado social deben ser considerados y atendidos al momento de proponer la figura de juicio por jurado.

La Dra. Carmen Argibay, actual ministro de la Corte Suprema de justicia de la Nación (C.S.J.N) ha relizado declaraciones públicas expresando que no es momento para tener un juicio por jurado. No tenemos garantía que la gente comprenda cuál es la visión (jurídica), no tenemos garantías de que sea un juicio sereno y que no esté contaminado por la mirada periodística, no tenemos garantía que no haya sido presionado por parte de la víctima o de los imputados. Es difícil de implementar en la actualidad por tres cuestiones: es caro, falta educación y preparación de la ciudadanía y los medios de comunicación pueden generar una fuerte interferencia. Agregó también que poca gente entiende el principio de inocencia, que es fundamental y es ignorado e incomprendido por el ciudadano.

La Dra. Elena Highton de Nolasco, actual magistrado de la Corte Suprema de la Nación (C.S.J.N) también ha planteado sus reparos ante un auditorio de la Provincia de Chaco, expresando que el juicio por jurados es un tema ajeno a nuestra cultura. No es cuestión de que en este momento tan especial en que hay una especie de reivindicación ciudadana que exige meter a todo posible presunto delincuente tras las rejas o en otros lados peores haya una suerte de vindicta pública contra todo infractor. Me parece que empezar hoy con casos graves, cuando aún no hay cultura alguna de jurado, es muy peligroso.

El Dr. Augusto César Belluscio, ex Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (C.S.J.N.), oportunamente alertó, en diálogo con el diario La Nación, que con los juicios por jurado existe la posibilidad de que juzguen los medios. Resaltó que no existen buenos antecedentes en el mundo. En la justicia norteamericana los juicios por jurados son deficientes. Se presta mucho a la influencia de los medios de comunicación.

El Dr. Eduardo Pettigiani, miembro de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires (S.C.J.B.A.) realizó declaraciones a un diario de San Nicolás expresando: no soy muy partidario de los jurados. Es un sistema que ha funcionado en países con una tradición especial en este sentido. El respaldo institucional de nuestro país no ha sido suficiente para que en estos años se implementara, quizás porque no es tan acorde con nuestra idiosincrasia.

El Dr. León Arslanian, magistrado que intervino en el juicio a las juntas militares, expresó al periódico Tiempo Argentino que no está de acuerdo con el juicio por jurados. En la práctica es un procedimiento extraordinariamente costoso, lentifica notablemente el funcionamiento judicial y me parece que por la cantidad de filtros e impugnaciones por la que debería pasar un jurado antes de quedar medianamente constituido sería muy lento.

El Dr. Julio César Strassera, ex Fiscal Federal célebre por haber llevado adelante la acusación en el juicio a las juntas militares, puso de manifiesto su rechazo en diálogo con la publicación on line El Litoral.com, expresando que con el juicio por jurado se va a cometer un error tremendo, en un país como el nuestro, que no tiene tradición. Creen que va a ser más rápido, y no va a ser más rápido, y sí, muchísimo más caro. ¿Ustedes se imaginan el juicio de la Amia, por ejemplo, con jurados? El jurado es muy manipulable, en todas partes del mundo. En mi caso particular, si me enjuiciaran y yo fuera culpable, pediría que me juzgase un jurado. Si fuese inocente, querría un juez técnico. Yo no creo en el curanderismo jurídico. Cuando estoy enfermo, voy al médico. Algunos van al curandero, pero yo prefiero un técnico.

La Dra. Margarita del Carmen Tropiano, Jueza Camarista y Presidente del Colegio de Magistrados de la Provincia de Buenos Aires, manifestó a El Tiempo de la ciudad de Azul y a La Opinión de Pergamino que el juicio por jurados es el sistema de enjuiciamiento más caro. Estados Unidos hoy, que no lo va a sacar nunca este sistema, hace sólo un cinco por ciento de los casos. El sistema tiene cosas difíciles de instrumentar. Lo complicado es que es un procedimiento caro ya que los 12 miembros deben ser preservados –cuasi aislados– durante todo el proceso, que puede durar semanas, incluso meses. Además de los viáticos que habría que abonarles, estas personas no pueden trabajar y debe garantizárseles el sueldo.

El Dr. Eduardo Hortel, Camarista platense, profesor de Derecho Procesal en la Universidad de La Plata, comentarista del Código Procesal Penal nacional y uno de los redactores de la flamante reforma al Código de Procedimientos bonaerense, expresó en reportaje ante el Diario Clarín que el sistema de juicio por jurados es perverso. Al no haber fundamentos de la sentencia, es imposible acreditar si se cumplieron los principios fundamentales del derecho. Como no se funda, no se sabe si el jurado tomó en cuenta que la duda beneficia al imputado, ni si cumplieron las indicaciones que da el juez para que lleguen a una decisión. ¿Cómo sabemos si cumplieron con todo eso si sólo dicen inocente o culpable sin explicar por qué?

El Dr. Ricardo A. Guibourg expresa sus reparos en un artículo publicado en el diario La Nación,  remarcando que el jurado es más susceptible a las emociones: los ciudadanos comunes son propensos a considerar culpable a cualquier sospechoso mencionado por los vecinos o por los medios de comunicación, con tanta más fuerza cuanto más grave y perverso sea el crimen cometido. Los jurados son completamente incontrolables por definición. ¿Se abocarán seriamente al examen de las pruebas o serán influenciados por la simpatía o antipatía del acusado, por la habilidad del fiscal o del defensor o, simplemente, por las ganas de volverse a casa?

El Dr. César B. López Meyer, ex Camarista en la provincia de Río Negro, ha escrito un interesante artículo para la publicación on line rionegro.com.ar en el que alerta sobre la inconstitucionalidad del sistema de juzgamiento de juicios por jurado, la falta de preparación e irracionalidad de los jurados y los numerosos inconvenientes que acarrea para la administración de justicia. Concluye que los juicios por jurados serán más caros para el contribuyente, más engorrosos para la administración, tanto o más lentos que los actuales y racionalmente más inseguros para las víctimas, los victimarios reales o supuestos y para la sociedad en general, con respecto al acierto de los fallos, vale decir: a la realización de la justicia.

La Dra. Noemí Stefanile, jueza del Tribunal de Trabajo de Zárate, resaltó lo absurdo que es pensar que pueden impartir mejor justicia doce personas ignotas, que pueden o no tener algún grado de preparación cultural, que no deben dar explicaciones porque su veredicto es infundado, a las que no le puedo exigir el cumplimiento de los deberes de funcionario público y no están sometidos al control de los órganos creados a esos efectos, que sólo deben regirse por su intuición, que seguramente sentirán una gran inseguridad ante el peso enorme que significa decidir sobre la libertad de sus pares, que, seguramente, han de ser mucho más influenciables que un técnico ante los teatralizados alegatos, y que, finalizado el proceso, se pierden entre la muchedumbre.

El Dr. Adolfo Rocha Campos, ex juez en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Azul y Profesor Honorario de la UNICEN, resaltó en un reportaje radial a la FM 98 Pop que la implementación de juicios por jurado es una medida demagógica y absolutamente inútil y de aplicación residual como lo sería en los Estados Unidos. Los calificó de bastante irrepresentativos y dedujo una naturaleza prejuiciosa en los requisitos para designar sus miembros.

El Dr. Diego R. Young, Fiscal en Concepción del Uruguay, puso en evidencia que un jurado en general sólo puede llegar a comprender asuntos simples, porque generalmente está integrado por personas simples. Recordó que el juicio por jurados cuesta mucho, hay que poseer una estructura administrativa que no tenemos, se debe dotar a los fiscales de facultades y posibilidades que no tienen, hay que ampliar edificios y crear una logística que no se tiene. Y alertó que en las ciudades chicas, donde la gente se conoce, habrá que ver si conviene que quienes saben vida y misterios de los demás integren los jurados. Allí el prejuicio es fácil, y el comentario de plaza substituye con frecuencia el difícil análisis de la prueba. Substituirlos por gente de otra ciudad presenta problemas de tipo logístico y presupuestario.

La Dra. Rita Custet, Defensora General del Poder Judicial de Río Negro, en diálogo con el diario digital laPalabra, remarcó que el juicio por jurados no supera el control de constitucionalidad.

El Dr. Juan Pablo Fernández, Fiscal General del Depto. Judicial de Bahía Blanca, expresó en el programa "La Bisagra" Radio Mitre Bahía Blanca que los juicios por jurado no tendrán una mejor resolución desde la racionalidad del caso que los procesos actuales. Constituye en un traslado de la responsabilidad en función de que si el pueblo resolvió de esa manera, luego no tiene de qué quejarse. Se puede entender que habrá mejores resoluciones, más racionales, pero es exactamente al revés. La idea busca que el jurado dicte un veredicto absolutorio o condenatorio en función de la íntima convicción y sin dar explicaciones.

El Dr. Miguel Ángel Vilaseca, juez integrante del Tribunal Oral Criminal N° 1 de Junín, expresó a la publicación La Verdad Online.com que no estamos preparados para implementar este sistema. Con la inseguridad que hay, con la necesidad que tiene la gente de que se condene, esas mismas personas en un juicio oral donde no haya suficientes pruebas pero sí una gran repercusión mediática del caso y presionados por la opinión pública, es muy probable que puedan decir: “Sí, es culpable”. Se trata de un sistema muy costoso. Formar un jurado lleva mucho tiempo. Si hoy una persona no quiere ir a votar y ni hablar si tiene que formar parte de una mesa o autoridad, y hacen lo imposible para no cumplir, pensemos si asistirán con ganas para formar parte de un tribunal... El miedo que la gente tiene de venir a un juicio oral lo vemos a diario, de lo que padecen las propias víctimas de contar lo que les pasó. Cuánta gente tiene hasta miedo de ser testigo y declarar en un hecho. Llevemos eso al terreno de que esa misma persona tiene que decidir si ese que tiene ante él, que está viendo, es culpable o inocente.

La Dra. María Susana Frascaroli, asesora letrada penal en la provincia de Córdoba, consultada por la publicación on line comercioyjusticia, expresó que no cree que los jueces legos sean un derecho de los acusados, ni un derecho de la víctima, ni de la sociedad.

El Dr. Carlos P. Pagliere (h.), miembro del Tribunal Oral Criminal N°2 de Azul, remarcó en un artículo escrito para el diario El Tiempo de Azul que con los juicios por jurado se pone a la justicia penal en manos de doce personas que condenan y absuelven al acusado sin explicar por qué. Todo aquel que decida sobre la culpabilidad de una persona y, por tanto, tenga la potestad de confinar a alguien a la cárcel, incluso de por vida, al menos debería fundamentar en qué se basa para tomar semejante resolución.

Todas estas voces calificadas ―y otras muchas más que se pueden consultar― de destacados magistrados  en contra de los juicios por jurado son una sonora alerta que nos debe servir para abrir bien los ojos y rechazar de plano la implementación para la República Argentina de este absurdo y fracasado sistema de juzgamiento.